Un tribunal estatal de Nuevo México ha vuelto a golpear a Meta donde más duele: en la cuenta de resultados y en el diseño de sus productos.
El juez de distrito Bryan Biedscheid, del tribunal estatal de Santa Fe, impuso el 6 de agosto de 2026 una nueva multa de 567 millones de dólares a la compañía propietaria de Instagram y Facebook, por constituir un perjuicio público que afecta a la seguridad de los menores de edad. Sumada a la sanción de 375 millones de dólares que el mismo tribunal ya había dictado en marzo de este año por violar las leyes estatales de protección al consumidor, la factura total asciende a 942 millones de dólares, lo que convierte esta causa en la mayor sanción económica impuesta hasta la fecha contra Meta en el contexto de la creciente oleada de litigios sobre adicción y daños causados por las redes sociales.
La comparación que empleó el juez Biedscheid no fue casual ni retórica: equiparó a Meta con una fábrica cuyo producto principal es la publicidad y el contenido generado algorítmicamente, y calificó el daño psicológico infligido a los adolescentes y la explotación sexual de menores como la «contaminación» que esa fábrica vierte sobre la sociedad. La analogía con la contaminación atmosférica no es un simple recurso literario; tiene implicaciones jurídicas concretas, porque sitúa a Meta en la categoría de agente causante de un perjuicio público sostenido en el tiempo, lo que justifica tanto la cuantía de la multa como la obligación de financiar medidas de mitigación.
Los 567 millones de dólares de la nueva condena deberán destinarse íntegramente a un fondo de mitigación vinculado a programas desarrollados en el estado de Nuevo México. Estos programas contemplarán, entre otras iniciativas, formación en seguridad en internet dirigida a docentes, orientadores escolares, psicólogos y profesionales de la salud que trabajan con población joven. No se trata, por tanto, de una multa que ingrese en las arcas generales del estado, sino de un mecanismo pensado para revertir directamente los daños acreditados en el proceso.
La sentencia va, sin embargo, bastante más allá de la dimensión económica. El tribunal ordenó a Meta introducir cambios estructurales en el funcionamiento de Instagram y Facebook —WhatsApp queda expresamente excluido del fallo— para los usuarios menores de dieciocho años registrados en Nuevo México. Las obligaciones impuestas son las siguientes:
El origen de este litigio se remonta a 2023, cuando el Departamento de Justicia de Nuevo México presentó una demanda en la que acusaba a Meta de haber construido, de facto, un mercado accesible a depredadores sexuales y de haber comercializado sus plataformas ante familias y educadores como entornos seguros para adolescentes, pese a disponer internamente de evidencia que contradecía esa afirmación. La causa se articuló en dos fases procesales diferenciadas: la primera concluyó en marzo con la condena por vulneración de las leyes de protección al consumidor; la segunda, resuelta ahora, abordó específicamente si la conducta de la compañía constituye un perjuicio público de alcance colectivo.
Meta, que dirige Mark Zuckerberg, se enfrenta a decenas de demandas similares en otros estados y jurisdicciones federales de Estados Unidos, así como a procedimientos abiertos en Europa. La sentencia de Nuevo México, por su cuantía y por el carácter vinculante de los cambios operativos que impone, establece un precedente que los tribunales de otras jurisdicciones difícilmente podrán ignorar. La pregunta que queda abierta es si la presión judicial acumulada logrará lo que la autorregulación de la industria y la supervisión regulatoria han demostrado hasta ahora ser incapaces de garantizar: que las plataformas diseñadas para maximizar el tiempo de atención no lo hagan a costa de la salud mental de los menores.

