La Comunidad de Madrid ha adquirido un ático de casi 500 metros cuadrados en el Paseo del General Martínez Campos, una de las zonas más exclusivas de la capital, a través de su empresa pública Planifica Madrid. La operación, desvelada hace tres meses según El País, ha suscitado una pregunta concreta y verificable: ¿puede el Gobierno regional utilizar ese inmueble como oficina o espacio de reuniones? La respuesta que ofrece el planeamiento urbanístico vigente es, en términos inequívocos, negativa.
El inmueble se rige por la Norma Zonal 1, Grado 3º del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid. Esa calificación reserva el uso del suelo en plantas superiores a la baja o primera exclusivamente para uso residencial. La normativa municipal excluye expresamente la implantación de oficinas de la administración pública en esas ubicaciones, al no estar recogida entre las actividades económicas permitidas. Tampoco cabría reconvertirlo en despacho profesional: ese uso doméstico requiere que el inmueble constituya la vivienda habitual del titular, condición que una administración pública no puede cumplir.
¿Qué ha dicho el Gobierno regional y por qué no basta?
La Comunidad de Madrid ofreció dos versiones sucesivas. Primero, que el espacio serviría como oficina. Después, la presidenta Isabel Díaz Ayuso matizó que se destinaría a «reuniones profesionales». Esa segunda formulación no resuelve el problema jurídico: el uso dotacional por parte de una administración pública —reuniones incluidas— está igualmente prohibido por la normativa en ese emplazamiento concreto. Ayuso aludió en rueda de prensa a la actividad habitual de Planifica Madrid, que gestiona y vende patrimonio regional a lo largo del año, pero no aclaró el precio pagado ni el destino definitivo del inmueble. Este periódico trasladó esas preguntas al área de Presidencia y no ha recibido respuesta.
La ausencia de explicaciones contrasta con la entidad de la operación. Estamos ante una compra con dinero público, instrumentada a través de una empresa pública, de un bien que la normativa solo admite como vivienda. Eso no es un detalle técnico menor: es la cuestión central.
Los grupos de la oposición en el Ayuntamiento de Madrid han reaccionado desde ángulos distintos, pero con una exigencia común: transparencia y legalidad. Más Madrid ha solicitado copia de la licencia o título habilitante para el uso como oficina, advirtiendo que no tolerará que se «retuerza la normativa» para dar cobertura a lo que, a su juicio, tiene más apariencia de vivienda de lujo de uso privado. El PSOE, por su parte, ha planteado el dilema con precisión: si se usa como oficina, el Ayuntamiento debería denunciar a la Comunidad de Madrid por actividad ilegal y emitir una orden de clausura; si se mantiene como vivienda, procede explicar quién la ocupará y cuánto ha costado al erario público.
Ninguna de esas dos salidas resulta cómoda para el Ejecutivo regional. Y la incomodidad no proviene de la crítica política, sino de la literalidad de las normas urbanísticas que el propio Ayuntamiento de Madrid tiene la obligación de hacer cumplir, con independencia de quién sea el propietario del inmueble.

