El caso Nacho Vidal: tres condenas y un juicio por homicidio imprudente que llega ocho años después

El caso Nacho Vidal: tres condenas y un juicio por homicidio imprudente que llega ocho años después

Durante décadas, Ignacio Jordá, conocido profesionalmente como Nacho Vidal, fue uno de los nombres más reconocibles de la industria española de cine para adultos. Su trayectoria pública, sin embargo, ha quedado progresivamente eclipsada por un historial judicial que combina delitos de tráfico, narcotráfico y, en su vertiente más grave, la acusación de homicidio imprudente por la muerte del fotógrafo José Luis Abad durante un ritual con veneno de sapo bufo. El juicio por este último caso está fijado para el 2 de junio de 2027 en el Juzgado de la Plaza 7 del Tribunal de Instancia de Valencia, ocho años después de los hechos.

El recorrido de Vidal por los tribunales ofrece un retrato coherente de reincidencia en conductas de riesgo. En enero de 2025, la titular del Juzgado de lo Penal 11 de Valencia le condenó a dos multas que sumaban 8.100 euros por sendos delitos contra la seguridad vial: conducir bajo los efectos de las drogas y hacerlo sin carné. Los agentes que lo interceptaron el 3 de octubre de 2020 en la avenida Ausiàs March de Valencia describieron un comportamiento inequívoco: conducción «errática y zigzagueante», «desconexión del entorno, incapacidad para el habla, mirada perdida» y «serias dificultades para mantenerse en pie». La sustancia detectada fue el GHB, el ácido gammahidroxibutírico, también conocido como éxtasis líquido.

Meses más tarde, otro tribunal valenciano le impuso una multa de 2.600 euros por los hechos del 24 de octubre de 2022, cuando Vidal y un acompañante, incapaces de operar la máquina de autopago de un aparcamiento del Mercado de Ruzafa, optaron por romper la barrera de salida. El juez calificó la conducta de «poco racional y escasamente justificable», una descripción que el expediente judicial de Vidal podría aplicar a episodios sucesivos. Este pasado abril, la Audiencia Provincial de Valencia añadió una tercera condena: tres años de prisión y 5.800 euros de multa por tráfico de drogas, concretamente por portar 103,05 gramos de cocaína rosa —conocida como tusi— cuando la Policía Nacional lo localizó en la zona de ocio de Plaza Xúquer. La pena quedó en suspenso, atendiendo a la atenuante de toxicomanía y con la obligación de completar un programa de rehabilitación.

El ritual de Enguera y la muerte de José Luis Abad

Ninguna de estas causas alcanza, en términos de gravedad jurídica y humana, al procedimiento pendiente por el fallecimiento de Abad. La Fiscalía solicita cuatro años de cárcel para Vidal y una indemnización de 20.000 euros a cada familiar de la víctima, además de dirigir acusación contra la prima del actor, presente en el ritual y quien grabó los hechos con su teléfono móvil. Los hechos ocurrieron el 28 de julio de 2019 en el chalé de Vidal en Enguera, adonde el fotógrafo acudió para participar en lo que el escrito de acusación denomina una «toma de medicina»: la inhalación de 5-Metoxi-N,N-Dimetiltriptamina (5-MeO-DMT), sustancia derivada del veneno del sapo bufo y popularmente llamada la «molécula de dios».

Según el relato de la Fiscalía, la prima de Vidal conocía que Abad había consumido cocaína en los días anteriores al ritual, circunstancia que, según los toxicólogos, incrementa significativamente el riesgo cardiovascular ante la ingesta de psicodélicos. Pese a ello, y «con conocimiento de que tal circunstancia podría resultar un grave riesgo para la salud y la vida del mismo», los acusados continuaron con el procedimiento. Vidal preparó la dosis que consideró adecuada sin disponer de titulación médica alguna, sin conocer con exactitud la composición de la sustancia ni las patologías previas del fotógrafo, y la introdujo en una pipa de cristal. El ritual comenzó a las 10:30 horas en el exterior de la vivienda.

Aproximadamente treinta segundos después de inhalar, Abad comenzó a tambalearse, cayó al suelo y entró en convulsiones. Su pecho y su rostro adquirieron una coloración morada. A partir de ese momento, el relato de la acusación describe una secuencia de decisiones que resultan difíciles de conciliar con cualquier noción elemental de diligencia: ninguno de los presentes llamó a los servicios de emergencia de forma inmediata. Vidal intentó reanimar al fotógrafo durante doce minutos —incluyendo maniobras de reanimación y aplicación de agua— sin éxito. La llamada al 112 se produjo veinte minutos después del desvanecimiento inicial. Los sanitarios llegaron media hora más tarde y solo pudieron certificar la muerte. La autopsia determinó que la causa fue una parada cardiorrespiratoria provocada por una reacción adversa a drogas de abuso; el consumo previo de cocaína, detectado en sangre entre uno y cuatro días antes, había elevado el riesgo cardiovascular y contribuyó decisivamente al desenlace.

La defensa de Vidal ha calificado de «sorpresiva» la petición de cuatro años de prisión, argumentando que tanto la juez de instrucción de Xàtiva como la propia Fiscalía respaldaron en un primer momento el sobreseimiento provisional del caso. Sus letrados sostienen que el cambio de postura acusatoria se produjo sin que se haya incorporado «ninguna otra diligencia» ni haya «cambiado nada» desde aquella primera resolución. Se trata de un argumento procesal legítimo que el tribunal deberá valorar, aunque la solidez del relato fáctico contenido en el escrito de acusación —con especial atención al retraso en alertar a los servicios de emergencia y al conocimiento previo del riesgo— plantea interrogantes que el juicio de 2027 tendrá que resolver con rigor y sin atajos.