Solveida Clemente, alcaldesa de Hermigua e integrante de la Agrupación Socialista Gomera (ASG) —partido fundado por Casimiro Curbelo—, ha anunciado este martes su renuncia al cargo tras alcanzar un acuerdo con la Fiscalía que ha derivado en una sentencia de conformidad. La condena: 21 meses de inhabilitación para el ejercicio de cargo público por un delito de prevaricación cometido en la tramitación del concurso para la gestión del quiosco de El Pescante.
El caso ilustra con nitidez qué ocurre cuando un cargo electo ignora deliberadamente los mecanismos de control jurídico que el Estado de derecho pone precisamente para evitar el abuso de poder.
Los hechos probados
La sentencia, a la que ha tenido acceso la agencia EFE, reconstruye una secuencia de decisiones administrativas que arranca el 2 de junio de 2008. Ese día, Clemente dictó una providencia ordenando a la Secretaría municipal la elaboración de los pliegos para licitar la explotación del quiosco de El Pescante. El problema era conocido desde el principio. El secretario particular de la Alcaldía advirtió en un informe fechado el 20 de junio de ese mismo año que el Ayuntamiento carecía de la preceptiva concesión administrativa de Costas, requisito indispensable dado que las instalaciones se ubican en dominio público marítimo-terrestre y no contaban con zona dotacional recreativa, servicios anexos ni medidas de seguridad. El informe era desfavorable. Inequívoco.
La alcaldesa no se detuvo. Actuó.
Lejos de suspender el procedimiento, Clemente inició un expediente sancionador contra el propio secretario informante, apartándole de sus funciones. A continuación, el 11 de julio de 2008, dictó una resolución para anunciar el inicio del procedimiento de adjudicación mediante concesión administrativa por procedimiento abierto con tramitación urgente. El anuncio se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia el 28 de julio. El concurso quedó desierto y el Ayuntamiento acabó asumiendo la explotación directa del bar, contratando personal y adquiriendo mercancías por cuenta propia.
Lo que señala la sentencia
El texto judicial no escatima en precisión. Alude expresamente al «ánimo ilícito» presente en diversas actuaciones de la alcaldesa, materializadas en providencias y resoluciones dictadas entre el 11 de julio y el 11 de agosto de 2008, todas ellas orientadas a forzar la urgencia en la tramitación del expediente. No se trata de un error administrativo. La sentencia describe una conducta consciente, sostenida y dirigida a eludir controles legales perfectamente establecidos.
Una dimisión que llega por imperativo legal
La renuncia de Clemente no es voluntaria en ningún sentido sustantivo. La inhabilitación impuesta —21 meses— hace materialmente imposible el ejercicio del cargo. Así lo reconoció ella misma en el comunicado difundido a través de la web municipal: la condena «conlleva mi renuncia al cargo de alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de la Villa de Hermigua». La alcaldesa ha aceptado los hechos y su responsabilidad penal en el marco del acuerdo con la Fiscalía.
El caso de Hermigua no es una anomalía exótica de la política insular canaria. Es un recordatorio de que la prevaricación —dictar resoluciones injustas a sabiendas— tiene consecuencias penales concretas, y de que los funcionarios que se atreven a emitir informes desfavorables frente al poder político merecen protección, no represalia. Cuando esa protección falla, el Estado de derecho se resiente. Que la condena haya llegado, aunque tarde, es lo mínimo que cabe esperar de un sistema que se pretende sometido a la ley.

