Un tribunal iraní ratifica la condena a 74 latigazos contra la cantante Parastoo Ahmadi por actuar sin velo

Un tribunal iraní ratifica la condena a 74 latigazos contra la cantante Parastoo Ahmadi por actuar sin velo

La justicia iraní confirma la sentencia sin modificación alguna

Un tribunal de apelación de la República Islámica de Irán ha ratificado la condena a 74 latigazos, dos años de prohibición de actividad audiovisual y veto de salida del país contra la cantante Parastoo Ahmadi y otros ocho colaboradores, por la publicación a finales de 2024 de un concierto en línea en el que la artista aparecía sin el preceptivo velo islámico. La Sala 16 del Tribunal de Apelación de la provincia de Qom dictó la resolución definitiva, que la propia Ahmadi comunicó el viernes pasado a través de su perfil de Instagram.

La cantante informó a sus seguidores de que el tribunal rechazó todas las objeciones formuladas por las defensas y confirmó «sin ningún cambio» el fallo emitido en primera instancia por la Sala 122 del Tribunal Penal de Qom en junio pasado. «La sentencia es firme y de obligado cumplimiento«, escribió Ahmadi, con una sobriedad que contrasta con la gravedad de lo que anuncia.

El origen del caso: un concierto grabado en un caravasar histórico

Los hechos que motivaron el proceso judicial se remontan al 11 de diciembre de 2024, cuando Ahmadi publicó en YouTube un vídeo de 27 minutos titulado «concierto hipotético», grabado en el histórico caravasar de Deir Gachin, en la provincia de Qom. En él, la vocalista aparece con un vestido largo negro, los hombros al descubierto y sin velo, interpretando varias canciones junto a cuatro músicos. La grabación constituyó un desafío explícito al estricto código de vestimenta impuesto por las autoridades iraníes y a la prohibición que pesa sobre las mujeres de cantar ante audiencias mixtas.

La respuesta institucional fue inmediata. En menos de 24 horas, las autoridades judiciales anunciaron una denuncia contra Ahmadi y sus colaboradores por celebrar el concierto «sin permiso» y al margen de las «normas legales y religiosas». El tribunal de primera instancia condenó a los acusados por la actuación sin el «hiyab islámico», por la presencia de músicos varones y por lo que calificó de conducta «obscena» y contraria a la moral y la religión. Las defensas alegaron el carácter artístico de la obra y la ausencia de cualquier intención delictiva, argumentos que el sistema judicial iraní descartó en ambas instancias.

Un contexto de tensión sostenida en torno al velo obligatorio

El caso de Ahmadi no puede leerse de forma aislada. La artista ya había afrontado una denuncia en 2022, cuando publicó la canción De la sangre de la juventud de la patria durante las protestas que sacudieron Irán tras la muerte de Mahsa Amini, detenida por la Policía de la Moral por llevar de manera incorrecta el velo islámico. El desafío de diciembre de 2024 se produjo, precisamente, dos años después de aquellas movilizaciones masivas que transformaron el debate público sobre la obligatoriedad del hiyab.

Desde entonces, numerosas mujeres iraníes han optado por no cubrirse la cabeza como forma de desobediencia civil, en un clima de aplicación errática de las normas sobre el velo: las autoridades han alternado periodos de mayor tolerancia con episodios de represión, mientras los sectores más conservadores del régimen exigen un control más estricto. La legislación vigente en la República Islámica prohíbe a las mujeres grabar discos comerciales y solo les permite ofrecer conciertos ante públicos exclusivamente femeninos, sin posibilidad de registro audiovisual.

La confirmación de esta condena, que alcanza también a los cuatro músicos y a otros cuatro miembros del equipo de producción, ilustra con precisión el funcionamiento de un sistema legal que utiliza el derecho penal como instrumento de control cultural y moral. No es una anomalía; es el sistema funcionando exactamente como fue diseñado.