Una instrucción administrativa dictada desde el Ministerio de Justicia ha puesto en jaque la legitimidad de más de 163.000 nacionalizaciones y amenaza con convertirse en el asunto más explosivo de la precampaña electoral del 29-N.
La llamada Ley de Nietos —diseñada para reconocer la nacionalidad española a descendientes de emigrantes y exiliados del siglo XX— se ha revelado como un instrumento mal ejecutado, cuyas consecuencias jurídicas y electorales el propio Gobierno parece incapaz de gestionar. El Tribunal Supremo ya ha suspendido el derecho al voto de los 163.020 nacionalizados al amparo de esta norma, y los consulados españoles en el exterior se encuentran ahora atrapados entre una tarea descomunal y la ausencia de instrucciones claras para afrontarla.
El origen del problema es preciso y documentable. Sofía Puente, entonces directora general de Fe Pública y Seguridad Jurídica en el Ministerio de Justicia, emitió una instrucción que eximía a los solicitantes de acreditar la condición de exiliado de sus antepasados. Bastaba con demostrar que el ascendiente había salido del territorio español entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955, sin necesidad de probar que esa salida respondía a una persecución política. La distinción no es menor: emigrar no equivale a exiliarse, y confundir ambas categorías tiene consecuencias jurídicas directas sobre quién puede o no ejercer el derecho al sufragio.
Los cónsules consultados son inequívocos al respecto. No solicitaron pruebas del exilio de los antepasados porque la instrucción ministerial no se lo exigía. «Nosotros no tenemos medios de saber si son exiliados o no porque se quitó y no podemos exigirlo», han declarado fuentes diplomáticas. La responsabilidad, en consecuencia, no recae sobre los funcionarios consulares —que actuaron conforme a las directrices recibidas— sino sobre quien redactó y avaló esa instrucción y sobre el Ejecutivo que la permitió.
Los datos disponibles ilustran la magnitud del problema con una claridad que no admite evasivas.
El Gobierno ha calificado de «imposible» la tarea encomendada a los consulados, reconocimiento que, lejos de exculparle, subraya la irresponsabilidad de haber generado esta situación. Si la verificación es inviable en los plazos disponibles, cabe preguntarse por qué se diseñó un procedimiento de nacionalización masiva sin los controles mínimos que la ley exige y sin prever las consecuencias electorales de una eventual impugnación judicial.
Lo que está en juego trasciende la aritmética electoral. Un proceso en el que más de 163.000 personas ven suspendido su derecho al voto por una instrucción administrativa mal redactada, y en el que los funcionarios encargados de resolver la situación carecen de medios y orientación, plantea una pregunta de fondo sobre la calidad institucional del Estado. Las elecciones del 29-N se celebran bajo la sombra de una impugnación posible, y la responsabilidad de ese escenario tiene nombre y dirección conocidos.

