Cuatro años de prisión por una estafa sentimental de 400.000 euros a un anciano viudo

Cuatro años de prisión por una estafa sentimental de 400.000 euros a un anciano viudo

La manipulación afectiva como instrumento delictivo no es una novedad, pero el caso resuelto por la Audiencia de Gipuzkoa ilustra con una precisión perturbadora hasta qué punto puede ser devastadora cuando se ejerce sobre una persona vulnerable.

Una mujer de nacionalidad rumana ha sido condenada a cuatro años de prisión por estafar una cantidad próxima a los 400.000 euros a un hombre octogenario, viudo tras seis décadas de matrimonio. La sentencia de la Sección Primera de la Audiencia de Gipuzkoa, que también obliga a la condenada a restituir íntegramente lo defraudado, reconstruye con detalle el método empleado: fingir una relación sentimental para extraer, de forma sistemática y calculada, el patrimonio de la víctima.

Los hechos comenzaron en Bruselas, donde la acusada conoció al hombre en un restaurante. A partir de ese encuentro, según establece la resolución judicial, se aprovechó de la situación emocional del afectado para hacerle creer que tenía un interés amoroso genuino en él y que estaba dispuesta a ser su pareja. La víctima, actualmente residente en San Sebastián, aceptó trasladarse junto a ella a Denia, en la provincia de Alicante. El 7 de junio de 2022, adquirió allí una vivienda con la expectativa de compartirla con la acusada. En paralelo, la condenada le convenció de que formalizara por escritura pública una donación de 132.055 euros, suma equivalente a la mitad del valor del inmueble que, en teoría, le correspondía aportar a ella.

La mecánica del engaño no se detuvo ahí. Transcurridos unos meses de convivencia, la estafadora argumentó que su madre, enferma en Rumanía, necesitaba que se adquiriera una vivienda para ella, y que un familiar también requería ayuda económica urgente. El hombre, en la creencia de que acabaría siendo copropietario del inmueble rumano, realizó cuatro transferencias bancarias por un total de 233.500 euros. Después vinieron cuatro nuevos traspasos, por un importe adicional de 7.500 euros, realizados en el contexto de la misma relación ficticia. Para completar el cuadro, la condenada obtuvo el número PIN de la tarjeta bancaria de la víctima y lo utilizó en múltiples ocasiones para retirar efectivo sin su conocimiento ni consentimiento, además de efectuar tres transferencias —de 1.000, 1.030 y 350 euros— a cuentas de familiares suyos.

Un patrón que merece análisis más allá del caso concreto

Lo que la sentencia documenta no es solo un delito individual, sino un patrón de conducta que las autoridades y los tribunales europeos identifican con creciente frecuencia: la llamada estafa del romance, que combina ingeniería emocional con extracción patrimonial progresiva. La víctima, representada en el juicio por el letrado Juan Enrique Álvarez Fanjul, no actuó por ingenuidad irreflexiva, sino bajo el efecto de una manipulación deliberada y sostenida en el tiempo.

La condena es justa y proporcional. Pero conviene no reducir este tipo de casos a una anécdota judicial. La soledad de las personas mayores, agravada por la pérdida del cónyuge, constituye una vulnerabilidad real que ciertos individuos explotan con frialdad instrumental. Reconocer ese hecho sin caer en el paternalismo ni en la victimización sistemática de un colectivo es, precisamente, la tarea que corresponde tanto al legislador como a la sociedad civil.